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Inteto fallido COAM de QUE NO GRABEMOS DEBATEAñadido por AJAM en las 8:13am
.Esta es la Nota jurídica en la que se ha basado la Junta de Gobierno y el Cabeza de COAM ACTIVO para que no grabáramos el Debate ¡Buen intento, amigos! Pero os recordamos:
- El derecho CONSTITUCIONAL a la información, especialmente sobre un ACTO PÚBLICO.
- La Ley de Colegios Profesionales, que exige un FUNCIONAMIENTO DEMOCRÁTICO DE LOS COLEGIOS.
- Es más elegante ganar en las urnas SIN TRAMPAS.
- Se responsabiliza Personalmente de todo Enrique Prieto Catalán, quien ya sufrió la amenaza jurídica similar con el exdecano Ricardo Aroca, y ya se resolvió mediante el correspondiente juicio. Por cierto, con él no hubo inconveniente en la grabación del debate, y la asesoría jurídica era la misma...
¡Qué credibilidad, la de vuestros INFORMES A MEDIDA!
¿Que no es amedida?
¿Entonces, por qué tiene la fecha (14/5/2009) del día después del debate(13/5/2009)?
¿Primero os la inventásteis y luego os la escribieron "a medida"?
¡Qué desvergüenza!
Insistimos: Nos reímos a carcajadas de vuestras amenazas jurídicas:
- No es la primera vez que utilizáis los informes de vuestros equipos a sueldo, según lo que os interesa...
...¡ya no cuelan estas cosas!
El engaño está en que, tras pactar la grabación por parte de todos en el Comité de Candidaturas, en la Sala el Cabeza de COAM ACTIVO dijo que las Candidaturas no podíamos grabar según informe jurídico del COAM.
El Moderador, ante esta amenaza jurídica preguntó a los asistentes si tenían inconveniente:
¡Sólo votaron en contra los asistentes que pertenecen a la Junta de Gobierno!
Lo gracioso es que en la Nota Jurídica especifica que no podán grabar personas ajenas al COAM.
Evidentemente las Candidaturas y los colegiados no somos ajenos al COAM, y tenemos derecho a la información sobre un debate que no habéis difundido como corresponde su lugar y hora de celebración.
¿A qué viene ese "miedito"?
Ver más trampas en el Diario de la Campaña
Ver el Debate Grabado por nosotros
Ver el " informe jurídico de la risa":
NOTA SOBRE LA GRABACION POR PERSONAS AJENAS AL COAM DEL DEBATE ELECTORAL CELEBRADO EL DIA 13 DE MAYO DE 2009 EN LA FUNDACION ARQUITECTURA.
La imagen de las personas se encuentra protegida, como bien jurídico, por el artículo 18 de la Constitución Española, por la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen, así como por la legislación de protección de datos, constituida básicamente por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y por su homónima de la Comunidad de Madrid, Ley 8/2001, de 13 de julio.
Según este conjunto normativo los datos personales, incluida la imagen de las personas, no puede ser objeto de tratamiento de ningún tipo a no ser que concurra el consentimiento inequívoco y expreso de los afectados[1].
Por su parte, el COAM, como institución organizadora del Acto del Debate Electoral, tiene la obligación de adoptar las medidas de seguridad orientadas a la protección de los datos personales afectados.
En consecuencia, la grabación por terceros ajenos a esta Corporación del acto de referencia solo sería posible de haber concurrido el consentimiento expreso y previo de los interesados.
Tal es nuestro parecer en Derecho, que gustosamente sometemos a criterio mejor fundado.
[1] Artículo 6.1 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, y artículo 2.2 de la Ley Orgánica de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen
En relación con el Concurso Experiencia / Futuros, en el que has participado, me complace comunicarte que el Jurado, tras examinar de manera pormenorizada todos los proyectos presentados y establecer un intenso debate, ha emitido su fallo.
Dicha deliberación ha sido enormemente difícil debido a la gran cantidad y nivel de propuestas presentadas. Me es grato comunicarte que el Jurado ha decidido que vuestro proyecto “Escenario Virtual Europeo de Trabajo” forme parte de la exposición que tendrá lugar en el Congreso de Arquitectos de España los días 1, 2 y 3 de julio. Recibe mi más sincera felicitación.
Me despido, no sin antes darte de nuevo la enhorabuena, y agradecer tu participación.
Ramón Francos
www.powerramon.es
2 dic. 2008
Luis Felipe García Morcillo
2 dic. 2008
Rafa
El efecto de video se llama Antiguo y es de Movie Maker,
Simple y sencillo
Pero le ha dado unos puntos al video:P
Gracias
21 dic. 2008
diego
si queremos hacerla físicamente habría que estudiarlo con más tiempo.
ps muy buenas tus fotos de la fiesta. mandaré un mensaje a virginia, que le va a encantar
23 dic. 2008
¿Qué es Arquitectura?
7 ene. 2009
¿Qué es Arquitectura?
el otro día di mi segundo voltio por la web de zuloark... muy completa.
abrazos desde barcelona
19 ene. 2009
Ramón Francos
www.sugarplatform.com
25 mar. 2009
Ramón Francos
zuloark next generation blog
25 mar. 2009
Ramón Francos
SUGAR SUMMER 2009
www.zuloark.org
no os la podeis perder
6 mayo 2009
Javier Castillo Orive

FALTAN 3 DIASVOTA AJAM 2009
18 mayo 2009
Javier Castillo Orive
VOTA AJAM
zuloark.org
18 mayo 2009
Javier Castillo Orive

ESPECIAL ELECCIONES zuloark.org21 mayo 2009
Javier Castillo Orive

ESPECIAL ELLECIONES zuloark.org21 mayo 2009
Javier Castillo Orive

ENHORABUENA A TODOSwww.zuloark.org ESPECIAL ELECCIONES
22 mayo 2009
Ramón Francos
A las 12:00 en Cibeles (Madrid), mañana viernes.
Por el título de Arquitecto:
- Máster.
- 360 créditos.
Llevaremos "Globos AJAM".
¡¡¡¡Pásalo a todossss!!!!
28 mayo 2009
Zulo_Ark
.Esta es la Nota jurídica en la que se ha basado la Junta de Gobierno y el Cabeza de COAM ACTIVO para que no grabáramos el Debate ¡Buen intento, amigos! Pero os recordamos:
- El derecho CONSTITUCIONAL a la información, especialmente sobre un ACTO PÚBLICO.
- La Ley de Colegios Profesionales, que exige un FUNCIONAMIENTO DEMOCRÁTICO DE LOS COLEGIOS.
- Es más elegante ganar en las urnas SIN TRAMPAS.
- Se responsabiliza Personalmente de todo Enrique Prieto Catalán, quien ya sufrió la amenaza jurídica similar con el exdecano Ricardo Aroca, y ya se resolvió mediante el correspondiente juicio. Por cierto, con él no hubo inconveniente en la grabación del debate, y la asesoría jurídica era la misma...
¡Qué credibilidad, la de vuestros INFORMES A MEDIDA!
¿Que no es amedida?
¿Entonces, por qué tiene la fecha (14/5/2009) del día después del debate(13/5/2009)?
¿Primero os la inventásteis y luego os la escribieron "a medida"?
¡Qué desvergüenza!
Insistimos: Nos reímos a carcajadas de vuestras amenazas jurídicas:
- No es la primera vez que utilizáis los informes de vuestros equipos a sueldo, según lo que os interesa...
...¡ya no cuelan estas cosas!
El engaño está en que, tras pactar la grabación por parte de todos en el Comité de Candidaturas, en la Sala el Cabeza de COAM ACTIVO dijo que las Candidaturas no podíamos grabar según informe jurídico del COAM.
El Moderador, ante esta amenaza jurídica preguntó a los asistentes si tenían inconveniente:
¡Sólo votaron en contra los asistentes que pertenecen a la Junta de Gobierno!
Lo gracioso es que en la Nota Jurídica especifica que no podán grabar personas ajenas al COAM.
Evidentemente las Candidaturas y los colegiados no somos ajenos al COAM, y tenemos derecho a la información sobre un debate que no habéis difundido como corresponde su lugar y hora de celebración.
¿A qué viene ese "miedito"?
Ver más trampas en el Diario de la Campaña
Ver el Debate Grabado por nosotros
Ver el " informe jurídico de la risa":
NOTA SOBRE LA GRABACION POR PERSONAS AJENAS AL COAM DEL DEBATE ELECTORAL CELEBRADO EL DIA 13 DE MAYO DE 2009 EN LA FUNDACION ARQUITECTURA.
La imagen de las personas se encuentra protegida, como bien jurídico, por el artículo 18 de la Constitución Española, por la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen, así como por la legislación de protección de datos, constituida básicamente por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y por su homónima de la Comunidad de Madrid, Ley 8/2001, de 13 de julio.
Según este conjunto normativo los datos personales, incluida la imagen de las personas, no puede ser objeto de tratamiento de ningún tipo a no ser que concurra el consentimiento inequívoco y expreso de los afectados[1].
Por su parte, el COAM, como institución organizadora del Acto del Debate Electoral, tiene la obligación de adoptar las medidas de seguridad orientadas a la protección de los datos personales afectados.
En consecuencia, la grabación por terceros ajenos a esta Corporación del acto de referencia solo sería posible de haber concurrido el consentimiento expreso y previo de los interesados.
Tal es nuestro parecer en Derecho, que gustosamente sometemos a criterio mejor fundado.
ASESORIA JURÍDICA DEL COAM.
En Madrid, a 14 de mayo de 2009.
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[1] Artículo 6.1 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, y artículo 2.2 de la Ley Orgánica de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen
2 jul. 2009
Ramón Francos
4 jul. 2009
Ramón Francos
Madrid, 25 de mayo de 2009
Estimado amigo,
En relación con el Concurso Experiencia / Futuros, en el que has participado, me complace comunicarte que el Jurado, tras examinar de manera pormenorizada todos los proyectos presentados y establecer un intenso debate, ha emitido su fallo.
Dicha deliberación ha sido enormemente difícil debido a la gran cantidad y nivel de propuestas presentadas. Me es grato comunicarte que el Jurado ha decidido que vuestro proyecto “Escenario Virtual Europeo de Trabajo” forme parte de la exposición que tendrá lugar en el Congreso de Arquitectos de España los días 1, 2 y 3 de julio. Recibe mi más sincera felicitación.
Me despido, no sin antes darte de nuevo la enhorabuena, y agradecer tu participación.
Recibe un fuerte abrazo,
Carlos Hernández Pezzi
Presidente del CSCAE
DESCRIPCIÓN del PROYECTO (PDF)
resultados del concurso (PDF)
29 jul. 2009
Zulo_Ark

en PRIMICIA para colectivos anarchitecture 2.1by zuloark
27 ago. 2009