El tema de la homologación de nuestros titulo académicos al MASTER EUROPEO se esta moviendo rápido dinamizado por los ingenieros (FIRMAS):

La semana pasada (5 marzo 2014) se aprobó:

Real Decreto 96/2014, de 14 de febrero, por el que se modifican los Reales Decretos 1027/2011, de 15 de julio, por el que se establece el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES), y 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.

http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2014-2359

 

Y ahora se ha filtrado un borrador que dice como se nos homologará dichos niveles, incluidos los arquitectos:

PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS Y EL PROCEDIMIENTO PARA LA HOMOLOGACIÓN, DECLARACIÓN DE EQUIVALENCIA A TITULACIONES Y A NIVEL ACADÉMICO Y CONVALIDACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR A LOS TÍTULOS O NIVELES ESPAÑOLES, Y EL PROCEDIMIENTO PARA DETERMINAR LA CORRESPONDENCIA A LOS NIVELES 2 Ó 3 DEL MARCO ESPAÑOL DE CUALIFICACIONES PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR DE LOS TÍTULOS OFICIALES DE ARQUITECTURA, INGENIERÍA, LICENCIATURA, ARQUITECTURA TÉCNICA, INGENIERÍA TÉCNICA Y DIPLOMATURAhttp://www.da.upm.es/sfs/Delegacion%20de%20Alumnos/Prensa/5032014RD...

5032014RD HOMOLOGACIONES Y EQUIVALENCIAS.pdf

Desde la (aA) nos preocupa este articulo:

Artículo 3. Exclusiones.

1. No podrá concederse la homologación, ni la equivalencia a titulación o a nivel académico de títulos extranjeros, a:

b) Los títulos españoles cuyos planes de estudios se hayan extinguido o que aún no estén implantados en al menos una Universidad española.

Vamos a dirigirnos a las instituciones y alegar en contra de esta discriminación para que incluya a todos los titulados con planes de estudio anteriores pues tenían carga lectiva, ya se mida en horas o créditos, superior a los actuales mínimos.

Tal y como reivindicamos en el proceso de transposición de las directiva de educación universitaria (Proceso de Bolonia)

 

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Respuestas a esta Discusión

Las NOTICIAS se suceden rápidamente y el Ministerio de  Educación, Cultura y Deporte ha hecho publico un BORRADOR, este si es oficila, donde se establece el mecanismo par ala HOMOLOGACIÓN de titulos.

Básicamente lo que prevee el RD. es derivar esta homologación a un INFORME por parte d el la ANECA

Proyecto de Real Decreto por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación, declaración de equivalencia y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles 2 ó 3 del MECES de los títulos de Arquitectura, Ingeniería, Licenciatura, Arquitectura Técnica, Ingeniería Técnica y Diplomatura. http://www.mecd.gob.es/servicios-al-ciudadano-mecd/dms/mecd/servici...

CAPÍTULO IV
Procedimiento para determinar la correspondencia de los títulos oficiales de Arquitectura, Ingeniería, Licenciatura, Arquitectura Técnica, Ingeniería técnica y Diplomatura los niveles 2 y 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior

Artículo 20.Inicio.
El procedimiento para la determinación de la correspondencia de los títulos oficiales de Arquitectura, Ingeniería, Licenciatura, Arquitectura Técnica,Ingeniería técnica y Diplomatura los niveles 2 y 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior se iniciará de oficio por la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades.Con anterioridad al acuerdo de inicio, la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, si así lo estima oportuno,abrirá un período de información previa con el fin de conocer la conveniencia o no de iniciar el procedimiento.
Artículo 21. Instrucción.
1. Los actos de instrucción necesarios para la determinación,
conocimiento y comprobación de los datos en virtud de
los cuales deba pronunciarse la resolución, se realizarán de oficio por la Dirección General de Política Universitaria.
(..)
Artículo 22. Informes.
1. A los efectos de resolución del procedimiento, la Dirección General de Política Universitaria solicitará informe preceptivo y determinante a la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y de la Acreditación (ANECA).

La página de presentación del Proyecto de Real Decreto del Ministerio con el procedimiento para alegar.

http://www.mecd.gob.es/servicios-al-ciudadano-mecd/participacion-pu...

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